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El Perú en las Cortes de Cádiz. Volumen 2

dc.contributor.authorDurand Flórez, Guillermo
dc.date.accessioned2021-05-15T23:39:46Z
dc.date.available2021-05-15T23:39:46Z
dc.date.issued1974
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12934/124
dc.descriptionInvestigación, recopilación y prólogo por Guillermo Durand Flórez.es_PE
dc.description.abstractEn 1808, las tropas francesas de Napoleón invaden España, consiguen la abdicación de Fernando VII e instauran en el trono a José I Bonaparte. El pueblo se levanta en armas y crea juntas gubernamentales ante el vacío de poder. La Junta Central derrotada, se traslada a Cádiz, último bastión de resistencia, donde convocan a cortes, que se instala el 24 de setiembre de 1810. En este contexto representantes de la metrópoli y de las provincias ultramarinas sesionan y promulgan la Constitución de Cádiz el 19 de marzo de 1812. Las cortes siguieron sesionando hasta la vuelta al trono de Fernando VII (1814), que disolvió las cortes, derogó sus acuerdos y suspendió la Constitución. El tomo en dos volúmenes recopila la participación de los representantes de las Américas en las Cortes de Cádiz durante el tiempo que duraron las cortes 1810-1814. Para este volumen el Dr. Guillermo Durand Flórez nos presenta documentos relacionados al impacto que tuvo la promulgación y entrada en vigencia de la Constitución Gaditana en el Perú (setiembre de 1812). Incluye Documentación remitida y recibida por Vicente Morales Duárez con Francisco Moreyra y Matute, además del testamento del más importante de nuestros representantes, elegido presidente de las Cortes en marzo de 1812. Por su posición liberal defendió la igualdad entre criollos y peninsulares, la abolición de la mita y el respeto a los derechos indígenas, representación y elección libre a cargos virreinales, aunque excluyendo a las castas. En contraposición, el sermón de Blas de Ostolaza es de un fanatismo absolutista. El grueso de la documentación muestra el impacto, la repercusión y la resistencia a la aplicación de la constitución. Muchos de los acuerdos fueron simplemente letra muerta: los indios siguieron siendo explotados. El virrey Fernando de Abascal hizo cuanto pudo para no aplicar o dilatar los acuerdos tomados en Cádiz. Los documentos nos muestran diversos procesos electorales para elegir a los representantes, se establecen las dietas y viáticos de los elegidos, y general la jura de fidelidad a las Cortes y constitución de Cádiz.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent539 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherComisión Nacional del Sesquicentenario de la Independencia del Perúes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourcehttps://repombd.bnp.gob.pe/bnp/recursos/biblioteca1/HTML/Sesquicentenario/el-peru-en-las-cortes-de-cadiz-127470/es_PE
dc.subjectEspaña. Cortes de Cádiz--Documentoses_PE
dc.subjectEspaña. Constitución, 1812es_PE
dc.subjectPerú--Historia--Emancipación, 1808-1824--Documentoses_PE
dc.titleEl Perú en las Cortes de Cádiz. Volumen 2es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bookes_PE
dc.rights.holderBiblioteca Nacional del Perúes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#6.01.01es_PE
dc.type.otherLibroes_PE


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